Infracciones que descuentan puntos
El anexo II de la Ley de Tráfico (RDLeg 6/2015, de 30 de octubre) establece la relación de infracciones que suponen pérdida de puntos en el permiso o licencia de conducción. Sin embargo, la pérdida de puntos aparejada al exceso de velocidad denunciado viene recogido en el anexo IV de la Ley, anexo que también recoge la sanción pecuniaria que corresponda al exceso de velocidad detectado.
ANEXO II
- 6 puntos
- Conducir en estado de embriaguez (más de 0,50 mg/l de alcohol en aire espirado; en el caso de personal profesional y titular de permisos de conducción con menos de 2 años de antigüedad más de 0,3 mg/l).
- Conducir con presencia de drogas en el organismo.
- No someterse a la prueba de detección de alcoholemia o drogas.
- Conducción temeraria.
- Circular en sentido contrario al establecido.
- Participar en competiciones y carreras no autorizadas.
- Conducir un vehículo que tenga instalado un inhibidor de radar o cinemómetro o cualquier otro mecanismo encaminado a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
- Exceder en más del 50% de los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% en los tiempos de descanso establecidos en la legislación de transporte terrestre por carretera.
- Participar en la colocación, o puesta en funcionamiento, de elementos que alteren el buen funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.
- Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.
- Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.
- 4 puntos
- Conducir con una tasa de alcohol entre 0,25 y 0,50 mg/l (para el personal profesional y titular de permisos de conducción con menos de 2 años de antigüedad entre 0,15 y 0,30 mg/l).
- Incumplir las disposiciones legales sobre preferencia de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.
- Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario
- Adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
- No respetar las señales o las órdenes de la autoridad encargada de la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico, o de sus agentes.
- No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
- No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios.
- Conducir un vehículo con un permiso o licencia de conducción que no le habilite para ello.
- Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
- Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
- 3 puntos
- Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
- Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido
- Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción.
- Conducir manteniendo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce,
- Conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación.
- Conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil (de manera distinta a sujetarlos con la mano).
- Conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
ANEXO IV
- Cuadro de puntos por exceso de velocidad
|
LÍMITE |
20 |
30 |
40 |
50 |
60 |
70 |
80 |
90 |
100 |
110 |
120 |
130 |
PUNTOS |
|
|
EXCESO DE VELOCIDAD |
GRAVE |
21 40 |
31 50 |
41 60 |
51 70 |
61 90 |
71 100 |
81 110 |
91 120 |
101 130 |
111 140 |
121 150 |
131 150 |
-- |
|
41 50 |
51 60 |
61 70 |
71 80 |
91 110 |
101 120 |
111 130 |
121 140 |
131 150 |
141 160 |
151 170 |
151 170 |
2 |
||
|
51 60 |
61 70 |
71 80 |
81 90 |
111 120 |
121 130 |
131 140 |
141 150 |
151 160 |
161 170 |
171 180 |
171 180 |
4 |
||
|
61 70 |
71 80 |
81 90 |
91 100 |
121 130 |
131 140 |
141 150 |
151 160 |
161 170 |
171 180 |
181 190 |
181 190 |
6 |
||
|
MUY GRAVE |
71 |
81 |
91 |
101 |
131 |
141 |
151 |
161 |
171 |
181 |
191 |
191 |
6 |
|
